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UNIDAD I

 

¿Qué es recaudar?

 

 1.- Cobrar una cantidad de dinero o bienes.

2.-  Reunir dinero o fondos para una determinada causa

 

 

¿Quién recauda?:

 

 El estado a través del  gobierno.-

¿Para qué se recauda?:

Para cubrir el gasto público. De vivienda (para los que la necesitan y no pueden auto gestionarse una), salud, educación, etc. Y también para el sostenimiento del propio estado

 

¿Cómo se recauda?:

 

Se recauda a través del cobro de los tributos o impuestos. El gobierno tiene la facultad de exigir el pago de los impuestos a los ciudadanos y en caso de incumplimiento, iniciar las acciones judiciales correspondientes.

 

¿Y qué es el impuesto? 

Es una clase de tributo (obligacion  pecuniaria, de pagar una suma de dinero) regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte del gobierno del estado.

Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen exclusivamente por la “potestad tributaria del Estado”, principalmente con el objetivo de financiar los gastos públicos. Su principio rector, denominado “Capacidad Contributiva”, sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de la libertad.

Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar al estado. En pocas palabras: sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (rutas, puertos, aeropuertos, instalaciones eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales), etc.

En ocasiones, en la base del establecimiento del impuesto se encuentran otras causas, como disuadir la compra de determinado producto (por ejemplo, el tabaco) .

 

ACTIVIDAD: Luego de la lectura del texto respondan:

1.- ¿Quién recauda y con que finalidad?

2.- ¿De qué modo se recauda y que sucede si el ciudadano se niega u omite abonar el impuesto?

3.-¿Qué sucedería si los ciudadanos en su conjunto decidieran no abonar el impueso?

 

 

FUNCIÓN SOCIAL E IMPORTANCIA DEL IMPUESTO

 

A través de los impuestos se busca incrementar los ingresos del Estado para financiar el gasto público.

 

La Función social de los tributos que son las obligaciones dinerarias establecidas por la ley, cuyo importe se destina al sostenimiento de las cargas públicas, es  que esas sumas de dinero retornen a la comunidad bajo la forma de obras públicas, servicios públicos y programas sociales. Por ello es que los impuestos tienen una función de tipo social y no solamente fiscal o económica. Función que se traduce en devolver a la comunidad ese dinero que ingresa, en obras (puentes, rutas, etc) y en recursos destinados a salud, educación, vivienda, transporte, en definitiva en cosas concretas que generen un beneficio en la calidad de vida de los ciudadanos.

 

De allí la importancia del impuesto, que no solo radica en el sostenimiento o mantenimiento del estado, soportando el gasto público, sino también en esta función que es netamente de índole social y humana.

Presupuesto y Gasto Público                         

                                                                                       

 

 

                                                                                       La municipalidad debe preveer el mantenimiento de un gran número de                                                                                                                        servicios para garantizar el bienestar a sus habitantes.  Lo mismo ocurre a nivel                                                                                                            provincial y nacional. Tiene además que pagar a sus empleados, a los obreros                                                                                                              y funcionarios que trabajan en el municipio.

                                                                                                                                 

                                                                                                           Para sostener los gastos necesarios debe disponer de dinero.

 

                                                                                                           Las entradas de dinero las proporcionan los IMPUESTOS, las contribuciones y                                                                                                              las tasas que los ciudadanos DEBEN pagar para:

                                                                                                           

                                                                                                           * La recolección de residuos.

                                                                                                           * El mantenimiento de las plazas 

 

                                                                                                           Además la municipalidad recibe del Estado Provincial una parte del dinero que

                                                                                                           cada uno de los habitantes del país paga por sus impuestos.

 

 

 

 

 

AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos)

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) es un organismo autárquico del Estado argentino dependiente del Ministerio de Economía. Es decir, dependiente del Poder Ejecutivo Nacional. Es el encargado de la aplicación, percepción, recaudación y fiscalización de las rentas e impuestos nacionales, tanto internos a través de la Dirección General Impositiva, como sobre la nómina salarial a través de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social, como externos a través de la Dirección General de Aduanas. Asimismo, y dentro de sus atribuciones, le corresponde regular las obligaciones y derechos de los contribuyentes.

 

La AFIP es entonces el ente encargado de percibir los impuestos, controlar el comercio exterior y recaudar  los recursos para la Seguridad Social. 

 

Fué creada en 1997 y hoy la integran la Dirección General Impositiva (DGI), la Dirección General de Aduanas (DGA) y la Dirección General de Recursos de la Seguridad Social (DGRSS).-

 

 

Nuestra Constitución establece la coparticipación federal de los impuestos recaudados, entre la Nación, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a los servicios, funciones y competencias que cada una asuma.

 

Pero, ¿a que llamamos coparticipación federal?. Es el sistema que tiene por objeto coordinar la distribución del producido de los impuestos por el estado federal, en virtud de una delegación efectuada por las provincias a la Nación, quien debe recaudar las contribuciones, retener su porción y redistribuir el resto entre aquellas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -incorporada al sistema con la reforma constitucional de 1994-.

 

El Gobierno Federal, mediante la Afip, percibe una serie de tributos, y los Gobiernos Provinciales, en su mayoría mediante su Dirección de Rentas, perciben otros tributos.

 

Los principales impuestos provinciales son:

 

° Impuesto sobre los Ingresos Brutos

° Impuesto sobre Inmuebles y/o Impuesto sobre Automotores

° Impuesto sobre Sellos

° Tasas por Retribución de Servicios

 

Los Gobiernos Municipales también recaudan, pero principalmente a traves del cobro de tasas, es decir, tasas retributivas de servicios generales y derechos específicos):

 

° Tasa de Alumbrado Barrido y Limpieza

Los Impuestos y la Capacidad Contributiva

 

El monto que debe tributar (pagar de impuestos) cada sujeto se adecúa a su poder económico. Para calcularlo se van a tener en cuenta las tres variables que constituyen su Capacidad Contributiva y que son la renta, el patrimonio y el consumos. 

 

Asimismo, hay un principio en materia tributaria y es que "a mayor capacidad contributiva, mayor será el impuesto a abonar."

 

Veremos cada variable: 

 

LA RENTA: los ciudadanos que ganan mas, deben tributar mas que aquellos que ganan menos.

 

° Impuesto a las Ganacias: Existen dos categorías:

 

a) Empresas (SA, SRL, etc). Deben tributar según la tasa vigente que actualmente es del 35 % de sus ganancias anuales.

b) Personas Humanas: Tributan por la suma total de sus ganancias anuales, de acuerdo con una escala progresiva, que establece a mayor ganancia mayor tasa a aplicar. (Las tasas a aplicar van desde el 9 al 35 %). La ley permite ciertas deducciones del monto a pagar, de acuerdo a la situación personal y familiar del responsable. No todas las personal deben pagar este impuesto, sino quienes, debido a las ganancias obtenidas y según su situación personal y familiar quedan obligados.

 

° Impuesto a los Débitos y Créditos en Cuenta Corriente (o impuesto al Cheque): Es un tributo que cae sobre la emisión y la acreditación de cheques mediante un descuento que actualmente es del 0,6 %. Tambien se aplica a toda acreditación de fondos en una cuenta corriente, con la excepción del sueldo.

 

EL PATRIMONIO: Los sujetos que posean bienes personales (casas, autos, embarcaciones, joyas, acciones, etc) tienen que tributar tanto a nivel nacional como provincial y municipal.

 

° Impuesto a los Bienes Personales: a nivel nacional, si sus bienes exceden los $ 305.000.- debe tributar el 0,5 % sobre el valor que supere dicha suma. Cuando exceda de $ 700.000, la alícuota se incrementa al 0,75% para aquellos que no superen y los $ 2 millones; 1% para los que abarcan de 2 a 5 millones, y mayores a 5 millones, 1,25%.

 

° Impuesto Inmobiliario: A nivel provincial, los bienes inmuebles se encuentran gravados por un impuesto cuyo monto varía conforme a la alícuota (parte proporcional) vigente en cada jurisdicción, las características del inmueble (urbano, rural o baldío) y la valuación asignada.

 

° Tasa de Servicios Generales: a nivel municipal los propietarios de inmuebles deben abonar una tasa por los servicios que la comuna presta en carácter de alumbrado, limpieza, conservación y mantenimiento de la vía pública. Su valor tambien depende de las características del inmueble.

 

EL CONSUMO: La acción de adquirir bienes y servicios, principalmente cuando son suntuarios o al menos no son de primera necesidad, esta gravada con impuestos. El mas importante es el IVA, aunque tambien existen impuestos que se aplican al consumo de determinados bienes y servicios.

 

° Impuesto al consumo de determinados bienes y servicios:

 

- Combustibles: Nafta, diesel oil, gas oil, GNC, kerosene, aguarrás, solvente.

- Tabaco: en hoja, en hebra, cigarrillos, cigarros.

- Bebidas alcohólicas. whisky, coñac, ginebra, licor, cerveza, champán, etc. No tributa el vino. 

- Bebidas analcohólicas: gaseosas, jarabe, extractos, jugos concentrados.

- Servicios de telefonía celular.

- Automotores y motores gasoleros.

- Embarcaciones y aeronaves.

- Servicios de seguros.

- Otros bienes: aparatos de telefonía celular y para el registro y reproducción de sonido e imágenes.

 

° Impuesto al Valor Agregado (IVA): es un tributo que aporta el consumidor final de los bienes o servicios, si bien el que ingresa la obligación a la AFIP es otro sujeto (por ejemplo el comerciante).

 

La alícuota general es del 21 %, pero existen otras tasas diferenciales superiores o inferiores establecidos por la ley para determinadas actividades o productos.

 

Para calcular cuanto se pagó de IVA por un producto hay que realizar las siguientes operaciones: primero, una regla de tres simple y luego, una resta. Existe una forma mas fácil que consiste en dividir el precio final por 1,21 y luego restar.

 

Veamos un ejemplo en el que el bien comprado costó $10.

Como $ 10 es el precio final  de una remera, hay que tener en cuenta que ya tiene incorporado el 21 % del IVA.  O sea, 100 % (de neto)  mas 21 % (de impuesto) = 121 %.

Entonces:

121%_______$10

100%_______X= 100x10

                              121

Para hacerlo mas fácil, se simplifica:

 

                            100 x 10

                                1,21 

Y queda así: 10 = 8,264 $ (es precio neto, sin el IVA)

                    1,21 

Y luego, la resta: $ 10 - $8,264 = $1,736

El monto de IVA abonado es de $ 1,736

Seguridad Social

La seguridad social, también llamada seguro social o previsión social, se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como salud, vejez o discapacidades.

Dentro del ámbito nacional, la Afip también tiene por objeto recaudar fondos que financien las prestaciones relacionadas con la seguridad social. Se trata de aportes que debe hacer el empleador y de descuentos que se hacen sobre el salario bruto del empleado.

La Afip realiza operativos conjuntos con la ANSES y el Ministerio de Trabajo para combatir el empleo “en negro”, ya que las personas que no registran aportes, no podrán jubilarse, ni contarán con la cobertura del PAMI (Programa de Atención Médica Integral) , que es una obra social de jubilados y pensionados. Hoy día, los empleados no registrados o “en negro”, tampoco tienen atención de su salud a través de obra social, no cobran las asignaciones familiares, ni tienen derecho al seguro de desempleo.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) definió a la seguridad social como:

“La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos”.

 

Recursos destinados a la seguridad social

Los Aportes y Contribuciones mas importantes destinados a cubrir estas necesidades básicas, para los cuales el estado destina Recursos, son:

1.- Jubilaciones y Pensiones: El sistema esta compuesto por aportantes obligatorios (los empleadores de trabajadores en relación de dependencia) y voluntarios (aquellos que trabajan en forma Autónoma y efectúan su propio aporte).-

2.- Asignaciones Familiares: Son prestaciones de la Seguridad Social que se pagan al trabajador en relación de dependencia. El objeto principal de las asignaciones familiares es la protección y promoción de la familia. Los montos de estas asignaciones pueden variar en función del nivel de ingreso y zona de residencia del trabajador. Pueden categorizarse en:

a) Habituales: cónyuge, hijo, preescolaridad, escolaridad primaria, escolaridad media, etc.

b) Eventuales: nacimiento, adopción, matrimonio, maternidad, etc..

 

 

En virtud de ellas, se le abona al trabajador un monto establecido por la normativa legal.

3.- Asistencia Sanitaria: (Obras Sociales): su objetivo es brindar prestaciones de salud y otras prestaciones sociales. Los beneficiarios son los que trabajan en relación de dependencia; los monotributistas; los jubilados y pensionados y los grupos familiares primarios de los beneficiarios. Requiere de aportes personales, contribuciones patronales y aportes de los jubilados y pensionados.

4.- Subsidios por desempleo: para garantizar una protección a los trabajadores que han perdido su trabajo, el Estado provee un subsidio temporario. Los beneficiarios son quienes se encuentren en situación legal de desempleo y disponibles para ocupar un puesto de trabajo adecuado. Se financia mediante las contribuciones patronales.

5.- Seguros por accidente de trabajo: El empleador esta obligado a realizar contribuciones a una ART (Aseguradora de Riesgos de Trabajo) con el objetivo de reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo. La ART debe reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado.

 

Historia

La Seguridad Social nace en Alemania, en la época del Canciller Otto von Bismarck, con la Ley del Seguro de Enfermedad, en 1883.

La expresión "Seguridad Social" se populariza a partir de su uso por primera vez en una ley en Estados Unidos, concretamente en la Social Security Act de 1935. Posteriormente, el concepto es ampliado por sir William Beveridge en el llamado Informe Beveridge (Social Insurance and Allied Services Report) de 1942 con las prestaciones de salud y la constitución del National Health Service (Servicio Nacional de Salud, en español) británico en 1948.

Japón antes de la Segunda Guerra Mundial es uno de los principales impulsores mundiales de la seguridad social, creando el Ministerio de Sanidad, Trabajo y Bienestar y su propio sistema de pensiones e incapacidad. Y luego se va expandiendo al resto de los países de todo el mundo.

TRABAJO REGISTRADO Y NO REGISTRADO

 

La obligación legal de registrar al trabajador pesa sobre el empleador. El trabajo “en negro” o “no registrado” esta castigado por la ley a través del incremento de las multas e indemnizaciones.

¿Cómo se registra a un trabajador en relación de dependencia?

Primeramente, diremos que un trabajador en relación de dependencia es aquel que trabaja para otro y todas las actividades que realiza en su labor son por cuenta ajena (para otro). Además debe cumplir un horario y ciertas obligaciones, producto del contrato de trabajo. Por otro lado, cuenta con una serie de derechos, nacidos del artículo 14 bis de la Constitución Nacional y de las Leyes Laborales.

El mencionado artículo, introducido en la reforma constitucional de 1949, en la primera presidencia de Juan D. Perón, introdujo a nuestra constitución los llamados Derechos Laborales y Sociales, también llamados Derechos de Segunda Generación (donde los de primera Generación son los llamados Derechos Personalísimos). Ellos son:

·         Condiciones dignas y equitativas de labor;

·         Jornada limitada (máximo 8 horas);

·         Descanso y vacaciones pagos;

·         Retribución justa;

·         Salario mínimo, vital y móvil;

·         Igual remuneración por igual tarea;

·         Participación de las ganancias de las empresas con control de producción y colaboración en la dirección.

·         Protección contra el despido arbitrario;

·         Estabilidad del empleado público;

·         Organización sindical, libre y democrática:

·         Para los gremios: 1.- Concertar convenios colectivos de trabajo; 2.- Recurrir a la conciliación y al arbitraje; 3.- Derecho de huelga; 4.- Se le garantiza a los sindicalistas estabilidad para hacer su labor y estabilidad en su empleo.

·         Se garantizan los beneficios de la seguridad social en forma integral e irrenunciable.

·         La ley establece el seguro social obligatorio

·         No puede haber superposición de aportes

·         Jubilaciones y pensiones móviles

·         Protección integral de la familia

·         Defensa del bien de Familia

·         Compensación económica familiar.

·         Acceso a la vivienda digna.

 

La REGISTRACIÓN laboral del trabajador debe hacerse ante la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), a través de la CONSTANCIA DE ALTA del trabajador. Ello, se efectiviza por un Certificado Digital de Ingresos Laborales. El empleador debe denunciar su CUIT, el CUIL, nombre y apellido del trabajador, así como la remuneración bruta (salario sin los descuentos) y los períodos abonados.

También debe denunciar los aportes hechos a la seguridad social (ANSES) y a la OBRA SOCIAL del trabajador. También la fecha de inicio de sus actividades como empleador y el cese en su caso.

 

El Ministerio de Trabajo realiza distintos planes de regularización del trabajo, promoviendo la registración laboral. Informando a los trabajadores de los derechos que les competen y a los empleadores de los beneficios de estar en regla en este aspecto. También fiscaliza que se cumplan las normas laborales.

El Estado, a través del Ministerio de Trabajo, debe generar conciencia social de los beneficios de la registración así como de su obligatoriedad legal.

Los trabajadores NO REGISTRADOS se encuentran en una situación laboral “precaria”. No tienen garantizada la cobertura médica para ellos y sus familias. No reciben la totalidad de los beneficios del sistema contributivo de asignaciones familiares en el caso de tener una familia o hijos a cargo y probablemente no recibirán los beneficios de la jubilación cuando se retiren del mercado laboral, ya que no se han hecho sus aportes seguramente.  Tampoco contarán con el seguro de desempleo en caso de ser despedidos. Esta situación se complementa con la ausencia casi total de los beneficios laborales, tales como: la indemnización por despido, vacaciones pagas, aguinaldo y cobertura por accidentes de trabajo, la falta de afiliación sindical y la percepción de ingresos por debajo de los establecidos en los convenios colectivos y por el salario mínimo, vital y móvil. Por todo esto, el trabajo “no registrado” constituye una expresión cabal de la precariedad laboral.

Las leyes laborales protegen a los trabajadores en este sentido, elevando las multas e indemnizaciones por despido en estos casos. La relación laboral “no registrada” se prueba mayormente por TESTIGOS.

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